Resumen | |
[J] | Vulneración del derecho de reunión: prohibición de manifestaciones reiteradas que no ponen en peligro personas o bienes (STC 284/2005).(publicado en Actualidad Diaria 878 el 21 de noviembre de 2006) |
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La asociación recurrente comunicó el 24 de enero de 2003 a la Delegación de Gobierno de Madrid su intención de manifestarse durante los días 4, 6, 11 y 13 de febrero de 2003, desde las 9:30 hasta las 11:00 horas y por el itinerario comprendido desde la esquina de la calle Génova con la plaza de Colón, hasta el núm. 13 de la mencionada calle, con el objetivo de apoyar el cumplimiento de los Acuerdos que posibilitaron el levantamiento del campamento del paseo de la Castellana que mantuvieron los trabajadores de Sintel. La Delegación de Gobierno de Madrid, por Resolución de 27 de enero de 2003, acordó prohibir tales manifestaciones alegando, en síntesis, que la reiteración en el ejercicio del derecho de reunión constituye, en sí, una alteración del orden público y que, según consta en los archivos de dicha Delegación, la problemática surgida en torno a la empresa Sintel había producido en Madrid las siguientes manifestaciones: 28 en el segundo semestre del año 2000, 134 en los meses de enero a agosto de 2001 y, convocadas por la ahora recurrente en amparo, 6 en el mes de noviembre de 2002. Por ello, entendió la Delegación de Gobierno que se estaba abusando del ejercicio del derecho de reunión. | |
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[J] Derecho de reunión: prohibición de manifestaciones reiteradas que no ponen en peligro personas o bienes. | |
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